¿Quiénes reciben el Subsidio?
Podrán ser beneficiarios del subsidio de transporte condicionado a la asistencia escolar los estudiantes de los grados 9°, 10º y 11°, matriculados como nuevos o antiguos en colegios oficiales, en las jornadas: completa, mañana y tarde.
De acuerdo con los recursos asignados al programa, a las disposiciones técnicas y operativas y al orden de solicitud, la SED podrá asignar subsidios en los siguientes casos especiales, siempre y cuando los estudiantes cumplan con las características de distancia y asistencia contempladas en la definición del subsidio:
- A los estudiantes con talentos excepcionales o en condición de discapacidad que hayan sido asignados por la SED en colegios oficiales o privados en convenio lejos del lugar de residencia y que técnica y operativamente no se les pueda asignar ruta, previa solicitud ante la Dirección de Cobertura por parte del aspirante. En los casos en que el beneficiario requiera de un acompañante para su desplazamiento, la Dirección de Cobertura evaluará el tipo de discapacidad y determinará la posibilidad de otorgar el valor de un subsidio mensual adicional.
- A los estudiantes nuevos en el sistema de matrícula de grado 8º
- A los estudiantes nuevos matriculados en grados 6º y 7º, que al iniciar el año escolar tengan entre 14 años y 19 años cumplidos.
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